Así es el proyecto de Ley de Extraviados presentado por Marisela Santibáñez

Así es el proyecto de Ley de Extraviados presentado por Marisela Santibáñez

El proyecto de ley presentado por la primera diputada Progresista, Marisela Santibáñez, tiene por objetivo regular en un sistema único el registro de personas desaparecidas en Chile, así como también, entregar un marco normativo sólido para que las instituciones correspondientes actúen de manera coordinada y expedita.

 

El fenómeno en cifras

  • Según cifras de Carabineros, al año se registran cerca de 25.000 denuncias por presunta desgracia.
  • Según antecedentes recopilados en Carabineros y PDI, todos los años quedan aproximadamente 1000 casos de personas desaparecidas sin resolver.
  • Desde 2003 a la fecha se contabilizan a lo menos 15.000 personas desaparecidas.

 

¿Por qué una Ley de Extraviados?

Actualmente no existe un procedimiento que conecte el trabajo de la Policía de Investigaciones, Carabineros, el Ministerio Público y el Servicio Médico Legal, siendo que debiesen trabajar conjuntamente frente al fenómeno de la desaparición de personas en democracia. Hoy por falta de atribuciones y de definiciones, las instituciones no pueden responder eficientemente a cada uno de los casos que se presentan

 

¿Qué dice la legislación actual?

En julio del año 2002, Carabineros de Chile creó una dependencia orgánica denominada “Sección Encargo de Personas (SEP)”, cuya función entre otras, era gestionar una base de datos que contenga las denuncias por presunta desgracia a nivel nacional, con el propósito de contar con un registro único de personas perdidas, sin embargo, el sistema no ha funcionado en la práctica, pues, los registros difieren entre policías.

 

Aspectos fundamentales del proyecto

  • Define en 5 tipos la clasificación de extraviado: Causal Médica, por causa Accidental o Natural, suicidio, desaparición forzada o con participación de terceros y la desaparición voluntaria.
  • Clasifica el tipo de riesgo de la desaparición en cada caso.
  • Crea la Base de Personas Extraviadas de Chile (BEPECH)
  • Establece procedimientos para que la BEPECH opere como sistema único.
  • Incorpora los “Equipos BEPECH”, encargados de la investigación y de las primeras diligencias realizadas en las 24 horas siguientes de la realización de la denuncia.
  • Los Equipos BEPECH también estarán encargados de la contención emocional de los familiares de la persona extraviada.

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