Gonzalo Valenzuela
Consejero Federal Progresista
Esta semana se aprobó en el Senado y en cámara de diputados el proyecto de ley que sanciona el acoso sexual callejero en Chile. Y es que en pleno siglo XXI nuestro país no contaba con una regulación frente al acoso callejero y en los casos de denuncias hasta ahora sólo se recurría al artículo 373 del código penal que identifica el delito de “Ofensas al Pudor”, situación que deja al desamparo la protección e integridad en las personas que son violentadas por el acoso sexual en espacios públicos ya sea mediante acercamientos intimidantes, roces, tocaciones indebidas, registros audiovisuales del cuerpo de otra persona, persecución a pie o en medios de transporte, entre otros. Todo esto cambiará con la promulgación de la ley.
Es una aprobación importante, una visión progresista para el cambio hacia la cultura de respeto que debemos tener entre hombres y mujeres. Como sociedad tenemos detener todo nivel de violencia y abuso impregnados en nuestra cultura injusta frente a miles de mujeres, niños y hombres que han sufrido abusos sexuales, violaciones y acoso sexual callejero. Debemos aprender de lo ocurrido en Puerto Montt con la pequeña Sophie, en Licantén con Emmelyn y con todos los testimonios de personas que han sufrido algún tipo de abuso y violencia sexual. No puede ser entendido como “normal” que muchas personas caminen con miedo al regresar a sus casas de noche, luego de ir a estudiar, trabajar o simplemente salir a realizar algún tipo de trámite.
Los testimonios son crudos cuando te mencionan que las niñas comienzan a sufrir acoso sexual en espacios públicos a partir de los 9 y 10 años de edad, a su vez los mismos datos en encuestas del Observatorio Contra el Acoso Sexual Callejero (OCAC) que señalan que el 20% de las mujeres mayores a 18 años sufren acoso sexual callejero todas las semanas.
Estamos muy cerca de que el respeto callejero sea ley en todo el país; la actual aprobación del Congreso sobre el Respeto Callejero entiende al acoso sexual callejero como “todo acto de naturaleza o connotación sexual, cometido en contra de una persona en lugares o espacios públicos, o de acceso público, sin que mantengan el acosador y la acosada relación entre sí, sin que medie el consentimiento de la víctima y que produzca en la víctima intimidación, hostilidad, degradación, humillación, o un ambiente ofensivo en los espacios públicos”.
Es tiempo de frenar el acoso sexual callejero, lo que implica un cambio en nuestra cultura; el respeto hacia el prójimo es fundamental.