Esta tarde, el senador Alejandro Navarro (PRO) ingresó una presentación a la Contraloría General de la República donde solicita la revisión de los actos administrativos que desencadenaron la respuesta entregada al Colegio Médico, que reveló que no existen actas de constitución y funcionamiento de la denominada Mesa Asesora COVID-19 del Minsal.
En el escrito, el parlamentario argumentó que, de acuerdo al artículo 53 de la ley 18.575 sobre bases generales de la administración del Estado, “exige el empleo de medios idóneos de diagnóstico, decisión y control, para concretar, dentro del orden jurídico, una gestión eficiente y eficaz”.
Al respecto, el senador indicó que “aquí la Mesa COVID-19 tenía el puro nombre, porque no tiene miembros ni tiene actas. Esta mesa no tenía ninguna pata y cuando las mesas no tienen patas están en el suelo. Estos hechos son graves, porque Piñera avanza en las sombras. No puede caminar a oscuras porque los errores cuestan vidas”.
“El Estado no puede actuar por tincadas, o de manera arbitraria, sino que debe fundamentar su acción, más aún en pandemia, en antecedentes científicos, lo que aquí en los hechos fueron omitidos u obviados por la acción de una Mesa COVID, que al parecer ni siquiera existió, y si existió, operó en la más completa clandestinidad”, puntualizó.
En la presentación, Navarro indicó que “todos aquellos funcionarios públicos deben desempeñar sus funciones con estricto respeto al principio de probidad, especialmente cuando el interés general exija el empleo de medios idóneos de diagnóstico, decisión y control para concretar gestiones eficaces y eficientes ajustadas a derecho”.
Asimismo, el legislador manifestó que “el Colegio Médico siempre tuvo la razón, pero el gobierno sigue marginando al Colegio Médico y le niega la información, por ello terminaron recurriendo a transparencia. Es inaceptable y gravísimo, y espero que el Poder Legislativo actúe con firmeza, porque la negligencia es evidente”.
Navarro finalizó señalando que “se hace necesaria la búsqueda de responsables ante eventuales acciones de otras áreas que pudieran ejercerse como consecuencia a esta grave infracción al principio de probidad y las normas establecidas al respecto”.
Fuente: El Desconcierto