Presidente del Consejo Directivo del Servel y situación de ME-O: “Esta disposición que suspende el derecho a sufragio por una acusación, personalmente no me gusta (…) Creemos que se debería derogar”

Presidente del Consejo Directivo del Servel y situación de ME-O: “Esta disposición que suspende el derecho a sufragio por una acusación, personalmente no me gusta (…) Creemos que se debería derogar”

Andrés Tagle se refirió este domingo a la normativa que impidió a Marco Enríquez-Ominami mantener sus derechos políticos y ciudadanos durante la investigación que enfrentó antes de ser absuelto, mencionando que “es contrario al Pacto de San José de Costa Rica, a la declaración interamericana de derechos humanos, que dice que debe ser por condena”.

Este domingo, el presidente del Consejo Directivo del Servel, Andrés Tagle, se refirió a la norma incluida en la Ley 18.556 sobre el Sistema de Inscripciones Electorales y el Servicio Electoral, respecto a que no podrán sufragar quienes hayan sido acusados por delitos sancionados con penas aflictivas, y específicamente, respecto a la situación de Marco Enríquez-Ominami, puesto que se le impidió mantener sus derechos políticos y ciudadanos durante la investigación que enfrentó antes de ser absuelto.

“Esta disposición que suspende el derecho a sufragio por una acusación, yo, personalmente no me gusta, y yo creo que a la mayoría de consejeros del Servel tampoco. Creemos que se debería derogar. Es contrario al Pacto de San José de Costa Rica, a la declaración interamericana de derechos humanos, que dice que debe ser por condena”, dijo en entrevista con Canal 13.

Paralelamente, Enríquez-Ominami anunció que apelará al TRICEL luego que este sábado el Tribunal Electoral de la Región Metropolitana acogiera la reclamación presentada en contra su candidatura del abogado y ex candidato a diputado por el Partido Democracia Regional Patagónica, Mario Esquivel Lizondo.

“Es una violencia, es injusto, es un absurdo. Es una violación flagrante a la presunción de inocencia y una aberración jurídica. En una democracia justa, esto no puede pasar”, insistió, puntualizando que la resolución del TER “nos da más fuerza, fortalece nuestra convicción de que Chile necesita un cambio”.

Por su parte, el abogado Ciro Colombara –quien junto a Aldo Díaz y Carola Cotroneo encabezan la defensa del líder del PRO- calificó como “una violación flagrante al estado de inocencia” el dictamen del Tribunal Electoral, aseverando que –además- “es un aberrante desconocimiento de una sentencia que absuelve a Marco Enríquez-Ominami de todos los cargos y a pesar de ello, se le da valor para restringir derechos políticos. Agotaremos todas las instancias pertinentes”.

La reclamación en cuestión fue interpuesta el martes 24 de agosto, y en ella se argumentó que “desde el 03 de julio de 2020 existe auto de apertura de juicio oral del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, firme y ejecutoriado por el 4to Tribunal de Juicio Oral de lo penal de Santiago”, mencionando que “por cuanto, si existe auto de juicio oral firme y ejecutoriado, sí corresponde comunicar y aplicar la suspensión del derecho a sufragio según señala el punto 5to del Tribunal Constitucional”.

Sin embargo, un día después, el Cuarto Tribunal Oral en Penal entregó el veredicto absolutorio, dejando libre de todos los cargos imputados, a Enríquez-Ominami.

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